Crédito Fiscal

Vamos a promover la Cultura del Trabajo reinsertando a los beneficiarios de políticas sociales en el mercado laboral.

Lo hemos dicho muchísimas veces: no hay mejores políticas sociales que la educación y el trabajo; el trabajo y la educación. Pero estas políticas sociales, que mantendremos, no pueden basarse en el mero asistencialismo y requieren contraprestaciones. Hay que darles un salto de calidad a estas políticas con el objetivo de llevar a los beneficiarios de la simple ayuda a la reinserción en el mercado laboral y en la cultura del trabajo.

A tales efectos, proponemos que el equivalente del monto que recibe un beneficiario sea considerado como crédito para el empleador que lo contrate. De ese modo el empleador tiene un nuevo trabajador y se le alivian los costos generados por esa contratación, y el beneficiario tendría una remuneración mayor a la que recibiría con un plan social y, además, accede al mercado de trabajo.

A los efectos de reinsertar a los beneficiarios de políticas sociales en el mercado laboral y en la cultura del trabajo se habilitará al Poder Ejecutivo a emitir certificados de crédito a los beneficiarios de planes sociales de transferencias no contributivas hasta por el monto total de las mismas y que dichos certificados puedan ser endosados a favor de aquellos empleadores que contraten en relación de dependencia al beneficiario.

Mientras se mantenga la relación laboral con el beneficiario, el empleador solo podrá utilizarlo para abonar las contribuciones especiales de seguridad social y todo otro tributo que la ley ponga a su cargo derivado de dicha contratación.

Es decir, este mecanismo permitiría a los beneficiarios de estos planes destinar la partida que perciben (permutándola por un certificado de crédito con el que se puedan abonar contribuciones especiales de seguridad social) a subsidiar su propia contratación con un empleador. Sin generar más costos, se estaría dando la oportunidad a todos aquellos beneficiarios de planes de transferencias de acceder a un empleo con un salario que supere ampliamente lo percibido por concepto de aquellas. El beneficio es mutuo entre trabajador-empleador: el beneficiario obtiene empleo y el empleador alivia la presión fiscal generada por la contratación. El mayor potencial a generarse refiere a la inclusión del individuo en el mercado laboral, a la cultura del trabajo.

De esta forma estaríamos dando un paso en la transición de un modelo meramente asistencialista hacia el desarrollo personal mediante el trabajo.

El ámbito de aplicación del proyecto refiere a los beneficiarios de transferencias realizadas en el marco del plan Tarjeta Uruguay Social, ya que la transferencia monetaria que el Estado hace a los beneficiarios, como el salario al que podría accederse en aplicación de esta herramienta, comparten su carácter alimenticio (en el caso de la TUS sólo se admite la adquisición de elementos de la canasta básica) y porque la población beneficiaria de la TUS es la más vulnerable en lo que tiene que ver con el acceso al mercado de trabajo.

En síntesis, el proyecto funciona como un subsidio para aquellos empleadores que contraten personas beneficiarias de planes estatales de transferencias monetarias no contributivas. El beneficiario podrá permutarla por un certificado de crédito que permita al empleador que lo contrate abonar las contribuciones especiales de seguridad social que deriven de esa contratación.

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