Cumplimiento efectivo de las penas

Vamos por más seguridad para Vivir Sin Miedo

Cuando las penas no se cumplen, hay impunidad. Se observa diariamente que delincuentes recuperan su libertad antes del tiempo establecido por la pena que le habían impuesto, lo que alimenta el fenómeno de puerta giratoria, que hace que los que delinquen entren y salgan con facilidad del sistema de Justicia. Cada año 6.000 presos son liberados, 4.000 reinciden en el delito.

Lo que se propone es que quien cometa delitos graves no podrá recibir beneficios liberatorios y deberá cumplir la pena en su totalidad. El Estado, desde su sistema penitenciario es el que tiene que cumplir los roles asignados constitucionalmente: asegurar a los procesados y penados, persiguiendo su reeducación, la aptitud para el trabajo y la profilaxis del delito. Consideramos que esto solo se logra mediante el cumplimiento íntegro y efectivo de las penas.

Los condenados por delitos de violación, abuso sexual, rapiña, copamiento, secuestro, homicidio con circunstancias agravantes especiales y con circunstancias agravantes muy especiales, no podrán recibir el beneficio de libertad anticipada, vigilada y vigilada intensiva, ni ningún otro beneficio liberatorio o sustitutivo de la privación de libertad, debiendo cumplir la pena dispuesta en forma efectiva.

El proyecto de cumplimiento efectivo de las penas forma parte de la reforma a plebiscitarse el último domingo de octubre, plebiscito apoyado con más de 405.000 firmas y del cual Jorge Larrañaga es el principal impulsor.

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