El problema no es la confidencialidad

Tanto UPM como el Presidente de la República y todos sus ministros saben bien que en nuestro país y en la mayoría de las repúblicas es el Parlamento quien tiene competencias para otorgar exoneraciones de impuestos y para comprometer gastos presupuestales. Por consiguiente, si el Poder Ejecutivo decide obligarse frente a UPM a otorgarle y garantizarle por varios años determinadas franquicias tributarias extraordinarias, más allá de las que hoy le habilita la Ley, el acuerdo sería nulo por falta de competencia.

Del mismo modo, si el Poder Ejecutivo se obliga en el contrato con UPM a realizar una inversión de 1000 millones de dólares sin que exista un rubro presupuestal aprobado por el Parlamento, el compromiso también sería nulo o en todo caso ineficaz.
Si las cosas se hicieran bien el Poder Ejecutivo debería obligarse a realizar sus mejores esfuerzos para que el Parlamento apruebe las exoneraciones que pide UPM y para aprobar el gasto presupuestal para llevar a cabo una obra millonaria. También podría establecerse en ese acuerdo –hasta ahora manejado en el más absoluto secreto- que las obligaciones asumidas por el Poder Ejecutivo en relación a la construcción de las vías y a la concesión de exoneraciones fiscales extraordinarias está condicionada a la aprobación parlamentaria.

Mucho me temo que esto no sea así y que el Presidente haya decidido comprometer al país más allá de sus competencias constitucionales. También sospecho que UPM debe haberle exigido al gobierno la inclusión de una cláusula por la cual el cumplimiento del acuerdo se juzgará conforme a una legislación extranjera o el Derecho Internacional, sin perjuicio de lo que establece el Tratado de Protección y Promoción de Inversiones entre Uruguay y Finlandia.

De esta forma, UPM y Vázquez eluden al Parlamento y a la Constitución Nacional.

UPM, que está en el país hace muchos años, y sus abogados en el Uruguay no pueden desconocer que solo el Parlamento puede conceder exoneraciones fiscales.

Hay que recordar a UPM que según normas indisponibles del Derecho Interno Público uruguayo se estarían incluyendo contenidos que el Estado Uruguayo solo puede resolver mediante la intervención del legislador y nunca jamás por parte del Poder Ejecutivo. Por eso, UPM no podría invocar la buena fe en caso que el Parlamento no apruebe los compromisos asumidos por el Presidente en representación de la República.

Espero equivocarme y que dentro de unos días el Parlamento no se encuentre en la disyuntiva de aprobar las concesiones ya realizadas por Vázquez más allá de sus competencias, o exponer al Estado a un juicio millonario, donde debería defenderse alegando la ausencia de buena fe de UPM.

No estoy en contra de la inversión extranjera, pero sí de la forma como negocia el Poder Ejecutivo.

Escribo estas reflexiones ahora que todavía no se firmó el acuerdo, exhortando a los firmantes a respetar el Orden Constitucional de la República.

En vez de apelar a una Política de Estado se está recorriendo el camino del secreto y la confidencialidad mal entendida, en perjuicio de la sociedad toda.

Jorge Larrañaga

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