{"id":30738,"date":"2018-07-03T17:08:55","date_gmt":"2018-07-03T20:08:55","guid":{"rendered":"http:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/?p=30738"},"modified":"2018-07-03T17:30:43","modified_gmt":"2018-07-03T20:30:43","slug":"larranaga-sobre-modificaciones-al-cpp-se-necesita-el-cumplimiento-efectivo-de-las-penas","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/larranaga-sobre-modificaciones-al-cpp-se-necesita-el-cumplimiento-efectivo-de-las-penas\/","title":{"rendered":"Larra\u00f1aga sobre modificaciones al CPP: \u201cSe necesita el cumplimiento efectivo de las penas\u201d"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" class=\"alignnone size-large wp-image-30739\" src=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS-700x381.jpg\" alt=\"\" width=\"620\" height=\"337\" srcset=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS-700x381.jpg 700w, https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS-400x218.jpg 400w, https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS-768x418.jpg 768w, https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/07\/DhMtx6wXUAAObSS.jpg 1080w\" sizes=\"(max-width: 620px) 100vw, 620px\" \/><\/a><\/p>\n<p>La C\u00e1mara Alta discuti\u00f3 las modificaciones al C\u00f3digo del Proceso Penal.<\/p>\n<p>En el marco de dicha discusi\u00f3n, el senador Larra\u00f1aga hizo uso de la palabra\u00a0e indic\u00f3: \u201cEsto que vamos a aprobar no soluciona el problema de la inseguridad. Porque el C\u00f3digo del Proceso Penal no es el problema de la seguridad, eso ser\u00eda una falacia, el problema est\u00e1 en el gobierno, est\u00e1 en el Presidente de la Rep\u00fablica y en c\u00f3mo se gestionan las pol\u00edticas de seguridad\u201d.<\/p>\n<p>Expres\u00f3 del mismo modo que \u201cesto se suma a algo que fue reconocido por jerarcas del gobierno, el fracaso de las pol\u00edticas sociales, a lo cual cabe agregar los indicadores deficientes en materia de educaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n<h2><span class=\"m_-1856334253432330235subTitle\">Coincidencias y discrepancias con la c\u00e1tedra.<\/span><\/h2>\n<p>El senador Larra\u00f1aga manifest\u00f3 que no todas las veces coincide con la C\u00e1tedra, si bien muchas veces si lo hace. \u201cCoincidimos con la C\u00e1tedra en procurar mejorar el sistema penal, pero no nos tiembla la voz en se\u00f1alar que en ocasiones podemos discrepar en los modos de llegar a esos objetivos\u201d.<\/p>\n<div>\n<h2><span class=\"m_-1856334253432330235subTitle\">Sentido de justicia<\/span><\/h2>\n<p>Larra\u00f1aga apunt\u00f3 que \u201ca nuestro entender, adem\u00e1s de respetar los principios del modelo acusatorio, el principio de congruencia y de oportunidad, hay que respetar la b\u00fasqueda de la verdad y el sentido de justicia que prime en una Rep\u00fablica por sobre la noci\u00f3n de impunidad que puede darse cuando los delitos no sufren un reproche acorde\u201d, expres\u00f3.<br \/>\nAl mismo tiempo sostuvo que \u201cla transici\u00f3n, sin escala que se hizo del modelo inquisitivo al acusatorio hizo que la ciudadan\u00eda percibiera una debilidad del sistema de justicia. No de los fiscales, no de los jueces, no de la ley; hizo que fuera m\u00e1s fuerte que eso y se sintiera Sin Justicia\u201d.<br \/>\nDel mismo modo, sostuvo que \u201ces mucho\u201d que el juez sea pr\u00e1cticamente un espectador del proceso penal, aludiendo a las limitantes a la hora de producir prueba.<\/p>\n<h2><span class=\"m_-1856334253432330235subTitle\">Pr\u0131s\u0131\u00f3n prevent\u0131va<\/span><\/h2>\n<p>Larra\u00f1aga agreg\u00f3 que \u201ccuando se nos dice desde la c\u00e1tedra que no corresponde la preventiva en el caso de reiterantes y reincidentes, no tenemos el gusto de compartir el argumento\u201d, sostuvo el legislador, y agreg\u00f3 que lo que el proyecto prev\u00e9 es una presunci\u00f3n. No es un indicio\u00a0\u2013que ser\u00eda un dato, una cuesti\u00f3n concreta-.\u00a0El proyecto prev\u00e9 una presunci\u00f3n y una presunci\u00f3n es un modo intelectivo, una manera de razonar que llevar\u00e1 luego a concluir\u00a0\u2013o no- que las cosas son de un modo y no de otro.\u00a0Y\u00a0la presunci\u00f3n es que el reiterante o\u00a0reincidente cumple las\u00a0condiciones para el dictado de la preventiva.\u00a0Acaso un reincidente al que se le impute violaci\u00f3n, rapi\u00f1a, homicidio \u00bfno representa un peligro para la sociedad?\u00a0\u00bfTan descabellado es PRESUMIR que es un peligro y por tanto resguardar a la sociedad?\u00a0Creemos que no y por eso apoyamos estas modificaciones\u201d.<\/p>\n<h2><span class=\"m_-1856334253432330235subTitle\">Limitaci\u00f3n de la libertad anticipada<\/span><\/h2>\n<p>\u201cEs evidente que el sistema de penas est\u00e1 perforado por un conjunto de institutos\u00a0liberatorios que generar la sensaci\u00f3n de\u00a0<em>penas de papel<\/em>, la sensaci\u00f3n de\u00a0<em>puerta giratoria<\/em>, donde es\u00a0f\u00e1cil entrar y es f\u00e1cil salir\u201d indic\u00f3 el senador, y agreg\u00f3: \u201chemos presentado un proyecto de ley limitando los institutos liberatorios, y tambi\u00e9n lo tiene presente el proyecto de reforma constitucional que promovemos\u201d.<br \/>\n<u><\/u><\/p>\n<h2>Cumplimiento efectivo de penas<\/h2>\n<p>\u201cSi a determinados delitos no le respondemos con un\u00a0<em>castigo justo<\/em>, estamos lastimando el sentido de justicia de la sociedad. Sin castigo justo\u00a0\u2013que es el que fija el juez con la pena original que el legislador previ\u00f3- generamos sentimiento de impunidad. \u00a8<em>La pena debe imponerse para que la justicia domine en la tierra\u00a8 ense\u00f1aba\u00a0<\/em><em>Roxin\u201d\u00a0<\/em>sostuvo Larra\u00f1aga.<br \/>\nAgreg\u00f3 que si bien entiende que a algunos les sea dif\u00edcil escuchar determinadas cosas, no se puede\u00a0desconocer que la pena tiene tambi\u00e9n en cierto grado, un sentido\u00a0kantiano de retribucionismo.\u00a0\u201cNo es ni solo la prevenci\u00f3n\u00a0\u2013general y particular-, ni la rehabilitaci\u00f3n y profilaxis del delito;\u00a0hay un componente de castigo en la pena, de sanci\u00f3n\u201d.<br \/>\nManifest\u00f3 tambi\u00e9n que \u201cnuestra Constituci\u00f3n habla de reeducar, de profilaxis del delito, de aptitud para el trabajo pero antes habla de\u00a0<em>asegurar<\/em>\u00a0al reo, esto es\u00a0tenerlo recluido.\u00a0Porque primero protege a la sociedad\u201d.<br \/>\nFinalmente, Larra\u00f1aga se refiri\u00f3 a la facultad de los jueces para producir prueba en el nuevo proceso, algo discutido por la doctrina procesalista nacional.<\/p>\n<p>Larra\u00f1aga repas\u00f3 casos de derecho comparado, como Francia, Alemania e Italia, donde existe modelo acusatorio pero igualmente se le permite al juez solicitar pruebas.<br \/>\nLarra\u00f1aga sostuvo: \u201cno concibo que haya una limitante\u00a0al juez en la funci\u00f3n republicana de impartir justicia.\u00a0Que se le ponga al juez todas las condicionantes, que haya todas las garant\u00edas al imputado, pero que haya tambi\u00e9n, garant\u00eda para la Rep\u00fablica que hay jueces impartiendo Justicia.\u00a0Y\u00a0reitero, si eso cambio el eje del C\u00f3digo, se cambia.<br \/>\nEn Alemania, en Italia, en Francia existe la oportunidad para que el Juez esclarezca los hechos, diligenciando prueba de oficio.<br \/>\nPara dictar una sentencia justa el juez debe conocer en plenitud los hechos.\u00a0Y\u00a0si las partes no le han provisto de todos los medios, deber\u00e1 procurarse por s\u00ed mismo\u201d.<\/p>\n<p>En la previa, el senador maragato Carlos\u00a0\u00a0Daniel Camy, integrante de la Comisi\u00f3n de Constituci\u00f3n y legislaci\u00f3n del Senado, explic\u00f3 los contenidos de las modificaciones propuestas por el Poder Ejecutivo: \u201cseis art\u00edculos que flexibilizan el trabajo de la polic\u00eda a modo de hacer su labor m\u00e1s eficiente y clarifican el proyecto original\u00bb; otro grupo \u00abque involucra el elenco de art\u00edculos por los cuales el ministerio p\u00fablico debe pedir la prisi\u00f3n preventiva\u00bb; \u00abun tercer grupo de art\u00edculos que\u00a0\u00a0propone la eliminaci\u00f3n de la posibilidad de obtener el beneficio de la libertad anticipada, su inaplicabilidad a la comisi\u00f3n de delitos graves a los que se les agrega delitos como la rapi\u00f1a y la rapi\u00f1a con privaci\u00f3n de libertad y un cuarto grupo que modifica la actividad probatoria\u201c.<\/p>\n<\/div>\n<div><\/div>\n<p><iframe src=\"https:\/\/www.youtube.com\/embed\/H_vSVeYNyz4?ecver=1\" width=\"560\" height=\"315\" frameborder=\"0\" allowfullscreen=\"allowfullscreen\"><\/iframe><\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Alta discuti\u00f3 las modificaciones al C\u00f3digo del Proceso Penal. 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