{"id":30890,"date":"2018-08-14T16:04:40","date_gmt":"2018-08-14T19:04:40","guid":{"rendered":"http:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/?p=30890"},"modified":"2018-08-14T16:04:41","modified_gmt":"2018-08-14T19:04:41","slug":"mas-vale-prevenir","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/mas-vale-prevenir\/","title":{"rendered":"M\u00e1s vale prevenir\u2026"},"content":{"rendered":"<p><a href=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/upm_1.jpg\"><img fetchpriority=\"high\" decoding=\"async\" src=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/upm_1.jpg\" alt=\"\" width=\"640\" height=\"426\" class=\"alignnone size-full wp-image-30891\" srcset=\"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/upm_1.jpg 640w, https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/wp-content\/uploads\/2018\/08\/upm_1-400x266.jpg 400w\" sizes=\"(max-width: 640px) 100vw, 640px\" \/><\/a><\/p>\n<p>La noticia de la formalizaci\u00f3n de una demanda internacional contra nuestro pa\u00eds por parte de la Minera Aratir\u00ed, por la suma de 3.536 millones de d\u00f3lares, ha generado sorpresa y alarma. M\u00e1s all\u00e1 de la confianza que podemos tener en que Uruguay sea exonerado de toda responsabilidad, el solo hecho de enfrentar una demanda internacional por esa suma tiene que llevar al gobierno a reflexionar sobre la magnitud de las obligaciones que se asumen en nombre del Estado, porque la p\u00e9rdida de un juicio millonario puede hipotecar a futuras generaciones.  <\/p>\n<p>Hace unos d\u00edas ve\u00edamos con asombro que el Ministro de Econom\u00eda y el Ministro de Trabajo se enfrentaron en el Consejo de Ministros porque el primero sosten\u00eda que el gobierno no contaba con un mill\u00f3n de d\u00f3lares para auxiliar a la empresa l\u00e1ctea Pili. Hoy m\u00e1s que nunca tenemos que ser conscientes de cuan precaria es la situaci\u00f3n econ\u00f3mica del pa\u00eds y lo que le pueden costar a las generaciones futuras los negocios celebrados por un gobierno que improvisa, que compromete los dineros del pueblo con proyectos temerarios.<br \/>\nEste juicio internacional tiene que servirnos para poner una vez m\u00e1s la lupa en los compromisos que est\u00e1 asumiendo el gobierno nacional, en nombre de todos los uruguayos, para cumplir con las exigencias que le impuso UPM en el contrato firmado el a\u00f1o pasado.<\/p>\n<p>Me refiero a la licitaci\u00f3n para la v\u00eda f\u00e9rrea que habr\u00eda de unir Montevideo con la planta que se construir\u00eda en Durazno y del llamado \u201cProyecto Portuario\u201d que comprender\u00eda la construcci\u00f3n de un viaducto en el puerto de Montevideo para que el tren de UPM pueda ingresar directamente a la terminal portuaria.<\/p>\n<p>Como es sabido el Gobierno decidi\u00f3 obligar al Estado uruguayo a concretar dichas obras -el ferrocarril y el viaducto- antes de que UPM resuelva si va a construir o no la planta de celulosa. As\u00ed lo pactaron en el contrato firmado por el gobierno el 7 de noviembre del 2017 y a pesar de que muchos sostuvimos la inconveniencia de llevar a cabo las obras antes de que UPM confirmara su compromiso a construir la planta.<\/p>\n<p>Al respecto la cl\u00e1usula 4.3 del contrato dice: \u201cLas Partes reconocen y acuerdan que la Decisi\u00f3n Final de Inversi\u00f3n de UPM sobre si procede o no con el Proyecto de Planta de Celulosa quedar\u00e1 sujeta a la sola discreci\u00f3n de UPM, aun cuando cada una de las Condiciones Necesarias hayan sido satisfechas y el Contrato Complementario haya sido suscrito.\u201d <\/p>\n<p>En el mismo sentido, en la cl\u00e1usula 8.2 se pact\u00f3:<br \/>\n\u201c8.2 Terminaci\u00f3n. 8.2.1 Cualquiera de las Partes podr\u00e1 dar por terminado este Contrato en cualquier momento antes de la Fecha de la Decisi\u00f3n Final de Inversi\u00f3n, a su sola discreci\u00f3n y por cualquier raz\u00f3n o sin expresi\u00f3n de causa, mediante notificaci\u00f3n a la otra Parte.<br \/>\n8.2.2 Si UPM notifica por escrito a ROU una DFI negativa, este Contrato se dar\u00e1 por terminado inmediatamente.<br \/>\n8.2.3 De conformidad con lo establecido en la Cl\u00e1usula 4 del presente, si: (a) la Fecha DFI no ocurre antes del 15 de febrero de 2020; o (b) las Partes no suscriben el Contrato Complementario antes del 15 de febrero de 2020; este Contrato se dar\u00e1 por terminado autom\u00e1ticamente el 15 de febrero de 2020.<br \/>\n 8.3 Cualquier terminaci\u00f3n de este Contrato (inclusive bajo la cl\u00e1usula 8.2) har\u00e1 caer todas las obligaciones y compromisos asumidos en el presente por ambas Partes y ninguna de las Partes incurrir\u00e1 en responsabilidad alguna de cualquier naturaleza con respecto a cualquier terminaci\u00f3n de este Contrato antes de una Decisi\u00f3n Final de Inversi\u00f3n positiva.\u201d<\/p>\n<p>El Gobierno no escuch\u00f3 a la oposici\u00f3n y resolvi\u00f3 empezar a ejecutar sus obligaciones contractuales llamando a licitaci\u00f3n para construir el Proyecto Ferroviario y el Proyecto Portuario, lo que supone necesariamente asumir el riesgo de que UPM no tome la Decisi\u00f3n Final de Inversi\u00f3n antes del 15 de febrero del 2020 y que Uruguay se quede con las obras \u2013de adorno\u2013 y sin posibilidad de recuperar la inversi\u00f3n.<\/p>\n<p>Reiteramos que en el contrato con UPM Uruguay se oblig\u00f3 cumplir con una larga lista de \u201cCondiciones Necesarias para que UPM adopte una Decisi\u00f3n Final de Inversi\u00f3n respecto del Proyecto de Planta de Celulosa\u201d. Sin embargo, hasta el 15 de febrero del 2020, UPM puede decidir, unilateralmente y sin responsabilidad alguna de su parte, si construye la planta de celulosa o si nos deja con 247 km de v\u00edas.<br \/>\nPero el problema no termina ah\u00ed, porque la licitaci\u00f3n para las obras del ferrocarril y del puerto ya est\u00e1n en curso y el gobierno planea iniciar las obras antes de fin de a\u00f1o.<\/p>\n<p>Es por ello que debemos preguntarnos cu\u00e1l es el alcance de las obligaciones que el gobierno est\u00e1 asumiendo en dichas licitaciones. Y por eso, nuestro Sector pol\u00edtico va a citar al Ministro de Transporte y Obras P\u00fablicas al Parlamento para que explique claramente si en los pliegos de las licitaciones y en los contratos que se habr\u00e1n de firmar con los inversores se previ\u00f3 alguna cl\u00e1usula que limite la responsabilidad patrimonial del Uruguay en caso de que UPM decida no llevar a cabo la inversi\u00f3n, lo que, como vimos, puede acontecer en cualquier momento antes del 15 de febrero del 2020. No sea cosa que, en unos a\u00f1os, nos enteremos que UPM desiste de la inversi\u00f3n y que, adem\u00e1s del gasto ya realizado hasta esa fecha, varias empresas demanden a Uruguay por montos millonarios.<\/p>\n<p>El pueblo tiene derecho a saber y los legisladores tenemos el deber de averiguar qu\u00e9 recaudos o salvaguardas contractuales se adoptaron en los procesos licitatorios para el caso que UPM desista de la inversi\u00f3n. De lo contrario podemos terminar inmersos en varios juicios por parte de quienes resulten adjudicatarios de las licitaciones realizadas por el gobierno para cumplir con las exigencias de UPM.<br \/>\nHasta la fecha no se ha adjudicado la obra ferroviaria ni se han iniciado obras en el puerto por lo que resulta m\u00e1s que oportuno reflexionar sobre este punto. Luego ser\u00e1 tarde.<\/p>\n<p>Jorge Larra\u00f1aga<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La noticia de la formalizaci\u00f3n de una demanda internacional contra nuestro pa\u00eds por parte de la Minera Aratir\u00ed, por la suma de 3.536 millones de d\u00f3lares, ha generado sorpresa y alarma. 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