{"id":33687,"date":"2024-05-28T21:29:25","date_gmt":"2024-05-29T00:29:25","guid":{"rendered":"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/?p=33687"},"modified":"2024-05-28T21:29:25","modified_gmt":"2024-05-29T00:29:25","slug":"por-que-propusimos-y-defendemos-la-reforma-constitucional-para-habilitar-los-allanamientos-nocturnos","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/alianzanacional.com.uy\/web\/por-que-propusimos-y-defendemos-la-reforma-constitucional-para-habilitar-los-allanamientos-nocturnos\/","title":{"rendered":"\u00bfPor qu\u00e9 propusimos y defendemos la reforma constitucional para habilitar los allanamientos nocturnos?"},"content":{"rendered":"<p><strong>Gabriela Fossati<\/strong><br \/>\nAbogada &#8211; Integrante del Equipo T\u00e9cnico de Sumar por Alianza 2004.-<\/p>\n<p>En las pr\u00f3ximas elecciones de octubre 2024, adem\u00e1s de elegir a las autoridades que nos gobernar\u00e1n y dirigir\u00e1n nuestro pa\u00eds durante el per\u00edodo 2025-2030, los uruguayos deber\u00e1n pronunciarse sobre un tema de gran trascendencia que ser\u00e1 plebiscitado. En sus manos estar\u00e1 la definici\u00f3n sobre si se reforma el art\u00edculo 11 de la Constituci\u00f3n y se le entrega a la Polic\u00eda Nacional una nueva herramienta para poder continuar con la dif\u00edcil lucha contra la delincuencia: la posibilidad de realizar allanamientos nocturnos con orden judicial.<\/p>\n<p>Nuestro l\u00edder de Alianza Nacional, lista 2004, Carlos Daniel Camy, continu\u00f3 con la iniciativa que tuviera nuestro referente Jorge Larra\u00f1aga, en realidad todo el grupo que \u00e9ste lideraba, quienes comprendieron lo que significaba que en ese extenso horario del d\u00eda los barrios se convirtieran en \u201ctierra de nadie\u201d, o \u201ctierra de delincuentes\u201d. Fue as\u00ed que el Senador se ocup\u00f3 de encargar un estudio al Dr. Franklin Fuentes, para conocer cu\u00e1l era la realidad en el derecho comparado sobre esta problem\u00e1tica, como se trabajaba en otros pa\u00edses frente a esta realidad.<\/p>\n<p>Luego de analizar la situaci\u00f3n en doscientos tres pa\u00edses, se comprob\u00f3 que en ciento ochenta y seis se prev\u00e9 el derecho a la inviolabilidad del domicilio en sus constituciones, pero solo cuatro no permiten el allanamiento durante la noche (Cabo Verde en su Constituci\u00f3n de 1980; Guatemala en la Constituci\u00f3n de 1985; Mozambique en la Constituci\u00f3n del 2004; y Uruguay en la Constituci\u00f3n de 1967).<\/p>\n<p>Es importante que conozcan que la norma de la Constituci\u00f3n Uruguaya se mantiene desde la Constituci\u00f3n de 1830, en la que se refer\u00eda a \u201cla casa\u201d, y a partir de 1918 la referencia fue al \u201chogar\u201d. Se impone ubicarnos en el momento hist\u00f3rico en que esa prohibici\u00f3n se incluy\u00f3 en la Carta Magna porque explica las razones que la motivaron. En el a\u00f1o 1805 Montevideo no ten\u00eda m\u00e1s de diez mil habitantes. Las calles durante las noches eran oscuras y la luminosidad de los domicilios por supuesto tambi\u00e9n. En horas de sue\u00f1o y sin luminosidad, los riesgos que una diligencia de allanamiento generaba eran importantes. Hoy vivimos en un mundo diferente, la luminosidad es otra y la delincuencia tambi\u00e9n.<\/p>\n<p>El Senador Camy destaca que la imposibilidad de realizar allanamientos en hora de la noche debilita las posibilidades del combate exitoso contra el narcotr\u00e1fico, contra el narco menudeo y contra el crimen organizado, una realidad incuestionable. Estos grupos delictivos suelen utilizar a mujeres y ni\u00f1os como escudos protectores para poder realizar tranquilamente su \u201ctrabajo\u201d. Est\u00e1 en ustedes, al momento de votar, poner un punto final a estos abusos.<\/p>\n<p>Quienes se oponen a esta necesidad de actualizar la caja de herramientas disponible para la Polic\u00eda alegan, fundamentalmente, que los allanamientos nocturnos aumentan las posibilidades de una confrontaci\u00f3n armada \u201c<em>que quiz\u00e1s no se dar\u00eda de otra forma. Ello se debe que los delincuentes responden al asalto con fuego o porque son sorprendidos durmiendo y creen que est\u00e1n siendo atacados<\/em>\u2026 <em>o con vecinos que creen ser v\u00edctimas de un copamiento <\/em>\u201c (El Observador on line \u201cVentajas y desventajas de los allanamientos nocturnos\u201d). Debo reconocer que me llaman la atenci\u00f3n estas objeciones. En primer lugar, porque dif\u00edcilmente los delincuentes est\u00e9n durmiendo en sus horas de trabajo. La realidad es que ellos duermen durante el d\u00eda. Es f\u00e1cil comprobarlo, vayan a los barrios m\u00e1s complejos en horas de la ma\u00f1ana y observar\u00e1n que son mucho m\u00e1s tranquilos que en la tardecita-noche. En segundo lugar, porque suponer que los vecinos est\u00e1n armados y reaccionar\u00edan de esa manera es asumir una hip\u00f3tesis dif\u00edcilmente comprobable. Mi experiencia me dice que esos vecinos son las v\u00edctimas principales de estos delincuentes organizados, que sienten temor, que no pueden salir en las noches y que su vulnerabilidad aumenta por no poder ser cuidados por la autoridad policial cuando sus vecinos se adue\u00f1an de sus barrios. Finalmente, porque la presencia o no de la polic\u00eda no evita que estos enfrentamientos armados se produzcan. Cada d\u00eda son m\u00e1s frecuentes y ya no quedan c\u00f3digos al momento de atacarse, de otra manera no estar\u00edamos observando c\u00f3mo son heridos en estos sucesos ni\u00f1os y adolescentes.<\/p>\n<p>El art\u00edculo 11 de la Constituci\u00f3n autoriza los allanamientos diurnos <em>\u201cs\u00f3lo con orden expresa de Juez competente, por escrito y en los casos determinados por la ley<\/em>\u201d. Esos resguardos no ser\u00e1n modificados. A ello se suma que, a partir del nuevo CPP, hay otro funcionario responsable de requerir la medida y de su buen desarrollo, el Fiscal, cuyo buen nombre y credibilidad est\u00e1 en juego si la medida que requiere se realiza de manera inadecuada. Pero, por si ello fuera poco, tambi\u00e9n hay un funcionario policial, el Oficial del caso, que deber\u00e1 responder ante sus superiores y ante la Fiscal\u00eda si se apartan de la legalidad, pudiendo incurrir en responsabilidad administrativa y\/o penal.<\/p>\n<p>En s\u00edntesis, estamos hablando de la posibilidad de trabajar durante las veinticuatro horas del d\u00eda o continuar como ahora y seguir tolerando que las horas de oscuridad (tarde noche y noche) los delincuentes tengan carta blanca para cometer sus fechor\u00edas, ante la mirada at\u00f3nita de los vecinos, quienes solo pueden optar por encerrarse en sus casas.<\/p>\n<p>No es lo mismo que nuestra polic\u00eda pueda preparar sus intervenciones de manera organizada, con personal y equipo adecuado, para responder ante una noticia de que se est\u00e1n cometiendo hechos de apariencia delictiva en horario nocturno, a tener que mantenerse pasivos y esperar a que salga el sol para intervenir. Muchas veces ello implica el resguardo del per\u00edmetro con funcionarios policiales, quienes en tales condiciones quedar\u00e1n expuestos a la reacci\u00f3n de los responsables, generalmente mucho m\u00e1s conocedores de la zona (con casas conectadas entre s\u00ed y con salidas escondidas para poder escaparse).<\/p>\n<p>Nosotros creemos que debemos \u201ccuidar a quienes nos cuidan\u201d y ello implica no exponerlos a condiciones de trabajo desorganizados. La forma de trabajo en horarios nocturnos y en barrios especialmente dif\u00edciles estar\u00e1 protocolizada, y ese protocolo emerger\u00e1 de un an\u00e1lisis profundo y sin apuro sobre las mejores maneras de intervenir.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Gabriela Fossati Abogada &#8211; Integrante del Equipo T\u00e9cnico de Sumar por Alianza 2004.- En las pr\u00f3ximas elecciones de octubre 2024, adem\u00e1s de elegir a las autoridades que nos gobernar\u00e1n y dirigir\u00e1n nuestro pa\u00eds durante el per\u00edodo 2025-2030, los uruguayos deber\u00e1n pronunciarse sobre un tema de gran trascendencia que ser\u00e1 plebiscitado. 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